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Colección Juicio en la Audiencia Nacional de España sobre desapariciones en Argentina
Colección Juicio en la Audiencia Nacional de España sobre desapariciones en Argentina
General
Autoridades
- España. Audiencia Nacional. Juzgado Central de Instrucción Número Cinco (Productor)
- Carlos Slepoy (Productor)
Contexto
Marzo del 96 Carlos Castresana, un fiscal de la Unión Progresista de Fiscales (centro izquierda y el 15% fiscales) ve la marcha de los 20 años del golpe en Argentina y pone una denuncia para evitar que prescriba el delito. Aun cuando el genocidio sea imprescriptible, el homicidio prescribe a los 20 años. Todos los fiscales lo apoyan. Lo presenta ante la AN en Madrid. Ampliará unos días después. No puede presentarlo como querellante porque es fiscal, lo hace como simple denunciante. No tiene vínculos directos ni históricos ni afectivos con argentinos, se conmueve por lo que ve y quiere intentar algo para hacer justicia. CC está en la fiscalía Anticorrupción; se había interesado por el derecho internacional público, concretamente en la legislación internacional sobre derechos humanos y sobre todo los pactos firmados desde la Declaración Universal de los derechos humanos el 10 de diciembre de 1948, las competencias jurisdiccionales de los países y la creación de tribunales internacionales.
Audiencia Nacional Lo que había sido durante el franquismo el Tribunal de Orden Público, se transformó en la Audiencia Nacional durante la transición.
Era para juzgar grupos que utilizaran la violencia armada, separatistas vascos entre otros, y añadieron otros delitos: corrupción, falsificación de moneda, narcotráfico.
Tenía distintos fueros: penal, contencioso, comercial y laboral. Aunque tiene jurisdicción en el territorio nacional, al ocuparse de tratados internacionales también se ocupa de delitos de jurisdicción universal.
En el fuero penal hay 6 Juzgados de instrucción, investigan, comprueban la existencia de delito, lo tipifican y acusan a los responsables, pueden dictar prisión preventiva. Luego están los jueces de sentencia que los juzgan.
Cuando entró la demanda de Castresana, Garzón estaba de guardia, él giró la denuncia para lo que se llama reparto, para impedir que los jueces elijan las causas y recayó sobre su juzgado, el 5.
Carlos Slepoy, abogado y presidente de la APDH-M (creada en 1989) se entera por el diario, y se sorprende muchísimo. Un año atrás, en un congreso que trató el caso argentino en el que participaron académicos, juristas, activistas de DDHH, legisladores, Carlos presentó la idea de hacer la denuncia contra los represores en los tribunales españoles, utilizando los tratados internacionales para los crímenes imprescriptibles pero no tuvo mucho eco, no lo creían posible y ponían el foco en como anular las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Carli pensaba que si se iniciaban juicios en otros países habría más presión para anular las leyes de la impunidad.
Videos entregados a Memoria Abierta por Elsa Osorio
Contenido y estructura
Grabación de la audiencia
Notas
Auto: La justicia española tiene jurisdicción para enjuiciar los crímenes cometidos en Argentina y Chile durante las respectivas dictaduras militares
Y, como apelados, los Letrados siguientes:
Sr. Slepoy Prada por la Asociación Argentina Pro Derechos Humanos-Madrid.
Sra. Díaz Sanz y Sr. Santiago Romero por Izquierda Unida.
Sr. Ollé Sese por Hebe María Pastor de Bonafini, Juana Meller de Pargament y Marta Petrone de Badillo.
Sra. Lamarca Pérez por la familia Bettini Francese.
Sr. Puig de la Bellacasa por Iniciativa per Catalunya.
Sr. García Fernández por la Confederación Intersindical Galega.
Sr. Pipino Martínez por Mirha Zokalski Mantulak.
Sr. Galán Martín por la Asociación Libre de Abogados, Comisión de Solidaridad de Familiares, Asociación contra la Tortura y Asociación pro
Derechos Humanos de España.
Jueces
Exemo. Sr. Presidente Don Siro Francisco García Pérez
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Francisco Castro Meije - Don Carlos Cezón González - Don Jorge
Campos Martínez - Doña Ángela Murillo Bordallo - Don Juan José López Ortega - Don Carlos Ollero Butler - Doña Manuela Fernández Prado - Don José Ricardo de Prada Solaesa - Don Antonio Díaz Delgado - Don Luis Martínez de Salinas Alonso
La vista se celebró en la tarde del día señalado, informando, como apelantes, el Ministerio Fiscal, cuyas funciones desempeñó el Ilmo. Sr. Fiscal D. Pedro Rubira, y el Letrado Sr. Gallo Pérez, en defensa de Adolfo Francisco
Scilingo.
SENTENCIA:
EL PLENO DE LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL ACUERDA DESESTIMAR LOS RECURSOS Y CONFIRMAR LA ATRIBUCIÓN DE LA JURISDICCIÓN DE ESPAÑA PARA EL CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS OBJETO DEL PROCEDIMIENTO, ASÍ COMO LA DENEGACIÓN DE LA PETICIÓN DE SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO FORMULADA POR LA REPRESENTACIÓN DE ADOLFO FRANCISCO SCILINGO.